miércoles, 16 de julio de 2014

PROCESOS DE FORMACION



                                         

       PROCESOS DE FORMACION

PARTICIPACIÓN Y CUMPLIMIENTO:

El Aprendiz SENA como gestor principal de su proceso de formación debe participar de manera activa y oportuna en las diferentes actividades de aprendizaje ya sean presenciales o virtuales que conforman la ruta de aprendizaje. Los procesos de formación del SENA promueven la responsabilidad de cada aprendiz, facilitando su acceso a diversas fuentes de conocimiento. De acuerdo con lo concertado entre el instructor-tutor y el aprendiz se evaluara el cumplimiento o no de las actividades de aprendizaje así:

INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO:

Es el incumplimiento del aprendiz en la entrega de evidencias de aprendizaje o en la participación de actividades presenciales o virtuales pactadas en la ruta de aprendizaje, que no fueron reportadas ni justificadas por el aprendiz al coordinador académico, previamente o dentro de los dos días hábiles siguientes a su ocurrencia o cuando la razón expuesta o el soporte presentado no justifican dicho incumplimiento. El instructor o tutor debe efectuar el seguimiento y reporte en el sistema para la gestión de la formación.

INCUMPLIMIENTO JUSTIFICADO:

El incumplimiento justificado del aprendiz se da cuando deja de cumplir con la presentación de evidencias o participar en actividades presenciales o virtuales pactadas en la ruta de aprendizaje, informando previamente al instructor a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a su ocurrencia, presentado un soporte comprobable que explique dicho evento.

EJEMPLO: Incapacidad médica, calamidad doméstica, tramites de etapa productiva u otras debidamente soportadas.

NOTA: Las incapacidades por más de treinta días hábiles darán lugar a un aplazamiento previa notificación al aprendiz.

REVISIÓN DE LOS RESULTADOS DE EVALUACIÓN:

En caso de que el Aprendiz este en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, de acuerdo al siguiente procedimiento:

•Presentar solicitud escrita al tutor, orientador del proceso que emitió la evaluación,  a los dos días hábiles siguientes a la publicación, argumentado los fundamentos del desacuerdo

•Dicha solicitud debe ser contestada por el instructor o tutor  dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.

Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior o persiste el desacuerdo con la respuesta recibida el Aprendiz podrá solicitar por escrito al coordinador Académico correspondiente dentro de los dos días hábiles siguientes la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente. La decisión del segundo evaluador será definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de solicitud presentada por el aprendiz.

DESERCIÓN:

Se considera deserción cuando:

•Cuando el Aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa de formación durante un mes continúo

•Cuando al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el SENA el Aprendiz no reingresa al programa de formación

•Cuando transcurridos dos años contados a partir de la fecha de terminación de la etapa lectiva, el Aprendiz no ha presentado la evidencia de la realización de la etapa práctica.

Evidenciada una de estas situaciones el instructor o la persona responsable del seguimiento respectivo reportaran el hecho al Coordinador Académico quien deberá enviar una comunicación al Aprendiz  en su última dirección registrada solicitándole justificar su incumplimiento dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío. Si el Aprendiz no responde o no son  justificadas sus razones el Subdirector del centro de formación expedirá el acto académico declarando la deserción por

parte del Aprendiz y ordenando la cancelación de la matrícula.

Contra esta decisión procede el recurso de reposición ante el Subdirector del centro.

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